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Isla al Sur

LA INVERSIÓN QUE NO SE ANUNCIA…

LA INVERSIÓN QUE NO SE ANUNCIA…

Una cartera de oportunidades actualizada, entidades intermediarias para el proceso de contratación, las empresas mixtas y las de capital totalmente extranjero, confluyen en la nueva Ley 118.

DENISSE MACHADO TABOADA,
estudiante de primer año de Periodismo,
Facultad de Comunicación,
Universidad de La Habana.

¿En qué se diferencia la nueva ley de inversión extranjera 118 de la 77? Muchos se preguntan esto y la respuesta parece inesperadamente simple: en casi nada. No abundan los puntos donde las dos versiones de la ley no coincidan, pero algo que marcó una diferencia es la posibilidad ofrecida bajo la 118 de la creación de empresas mixtas con mayoría de capital extranjero.

La necesidad, madre de todas las inversiones

Esta legislación, publicada en 2014, sustituyó la del año 1995 y su establecimiento suscita múltiples interrogantes que abarcan el porqué de su creación y cláusulas dentro de la misma.

Katia Alonso Cañizares, directora del Departamento de Evaluación de Inversiones del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (MINCEX), explica cuán necesario es acudir al capital externo, “pues el país con sus recursos propios no puede elevar el producto interno bruto, y tiene que recurrir a los externos para garantizar la entrada de dinero fresco. Por eso, se debe crear una ley más atractiva con una política sectorial y una cartera de ofertas más amplia".

Esto, sin duda, no es algo nuevo. Cuba ya tenía una ley de inversión bastante abarcadora que incluía puntos como los diversos tipos de empresas, el sistema de contratación y los sectores priorizados. Entonces, ¿qué determina la necesidad de esta nueva versión?

A pesar de los cambios, los cuales incluyen la eventualidad de que el inversor extranjero tenga mayoría en una empresa mixta y la transparencia del proceso para minimizar la discrecionalidad, es innegable que la Isla se encontraba en la circunstancia correcta para aceptar inversiones y esta era la mejor manera de potenciar el tema. 

El Doctor en Ciencias Económicas y Profesor Titular del Centro de Estudios de la Economía Cubana, Omar Everleny Pérez Villanueva, expresa en una entrevista a Cuba Contemporánea, que la 118 “llegó en buen momento. Los Lineamientos aprobados en abril de 2011 dejaron claro que realmente la nación requiere de recursos externos para revitalizar su economía. Más allá de ser un complemento de los esfuerzos nacionales, hoy se le ha otorgado una nueva connotación a la Inversión Extranjera (IE), pues deviene elemento fundamental en el desarrollo de sectores claves”.

La coordinadora del grupo de promoción del Centro de Promoción de Inversión Extranjera (CEPEC), Dianne Trutié, afirmó que los únicos sectores donde no puede haber inversión extranjera son los de educación, salud pública – servicio a la población–, y en la defensa.

“Hoy, el país está enfocado en la sustitución de importaciones, particularmente en el sector alimentario, por lo cual este sería una de las esferas priorizadas, así como la de la agricultura por el tópico de la producción y la captación de métodos gerenciales para el comercio mayorista. Se están buscando negocios que lleven al encadenamiento productivo, teniendo un impacto e incluyendo a otros que tal vez no puedan impulsarse tanto”, comenta Trutié.

Una cartera a la moda

La Cartera de Oportunidades es un documento actualizado anualmente y es una de las principales maneras de atraer al inversor, pues resume los intereses de negocios a desarrollar con capital extranjero y ofrece información sobre las políticas sectoriales aprobadas por el gobierno cubano.

Susana Enríquez Domínguez, jurista internacional y abogada del grupo de promoción de las inversiones extranjeras de la Cámara de Comercio, explica cómo cada año el portafolio es presentado por el MINCEX y el CEPEC, mientras que la Cámara de Comercio se ocupa de promover los negocios.

Los inversores pueden, además, realizar proyectos que no forman parte de la Cartera. Solo basta con encaminar estos negocios de una manera individual hacia las entidades interesadas. Aquellas operaciones en desarrollo se mantienen como están.

Daniel Bosch, gerente de la empresa española Embotits Masoliver, pretende establecer una cadena de panaderías. “Primero quiero iniciar con una para después expandirme. Me gustaría enviar desde el exterior los equipos y las materias primas”, manifestó.

Poder crear compañías de menor tamaño también fue un asunto abordado por Bosch: “Uno debe poder establecerse, ya sea por cuenta propia o con un socio cubano, pero no como una macro-industria, sino como una empresa familiar”.

Unos sí y otros no

Los once sectores estratégicos son el Agrícola, Forestal y Alimentario; del Azúcar; de Industrias; Turismo; Energético; Minero; Transporte; Industria Farmacéutica y Biotecnológica, el empresarial de la Salud; de la Construcción y del Comercio.

Nos preguntamos en qué punto se encuentran aquellos que no pertenecen a este grupo. Estamos hablando de campos como la informática y las telecomunicaciones, los temas de seguros, los de la industria deportiva, los bancarios, de cultura y cinematográficos, etc.

“Todos deberían ser potenciados, pero no forman parte del salto que busca la economía. La prioridad está  dirigida hacia aquellos ámbitos de la industria nacional, esenciales para mejorar el abastecimiento y la sustitución de importaciones. Aunque siempre se valora la posibilidad de inversión extranjera para los menos priorizados”, comenta Alonso.

Una migración de la fuerza de trabajo altamente calificada en busca de mejoras salariales podría tener un impacto en la población, dada la importancia social de los sectores no potenciados. “No todo el mundo puede trabajar en una empresa de capital extranjero, para eso hay empleadoras dedicadas a captar la fuerza de trabajo”, aclara Trutié.

Empresas de capital totalmente extranjero

Según lo definido por la Ley 118 son los participantes en el negocio  quienes determinan el por ciento de cada cual dentro de la empresa, pero la aplicación concreta va más allá, pues existe una política que define los sectores donde la Isla debe tener mayoría como en el caso del turismo, la biotecnología, el comercio mayorista, la extracción de recursos naturales y la prestación de servicios.

Sería interesante destacar que, a diferencia de los modelos de inversión extranjera en otros países, según lo señalado por Alonso, “las empresas de capital totalmente extranjero (ECTE) no proliferan mucho en Cuba. Quizás en la Zona Especial del Mariel, sí, pero fuera de esa área no es tan común”.

Además, continua Katia Alonso, al inversor extranjero le conviene más una empresa mixta, porque cuentan con tarifas del régimen tributario especial e incluyen la presencia de una contraparte nacional, la cual lo acompaña en todo un proceso, que parece simple, pero no lo es.

Miguel Llordén Romero, Director General de la empresa holandesa Vreugdenhil, opina que se necesita más seguridad jurídica y poder invertir directamente, sin tener que asociarse a un nacional. “Esta situación es muy incierta para el inversor”.

Lo que se da no se quita

Otra diferencia entre la 77 y la 118 es el estándar de compensación. En la primera se habla de “previa indemnización” como garantía en casos de expropiación, y en la segunda se adecua al precepto constitucional de “debida indemnización”, como lo explica el profesor Pérez Villanueva en su ensayo «El relanzamiento de la Inversión Extranjera en Cuba: Una necesidad para el Desarrollo Económico».

Es cierto que el país tiene derecho a expropiar las inversiones extranjeras, pero solo en caso de utilidad pública o interés social, por lo cual es muy poco probable que el estado tome esta decisión.

Jesús Rubiera Fernández, Doctor de Información y Estrategia del Ministerio de Desarrollo y Competitividad de España, expone que “al inversionista le preocupa que el Consejo de Ministros pueda declarar la inversión como una utilidad pública, aun cuando de ser así se le compensaría con la debida indemnización por su valor comercial pagado en moneda libremente convertible”.

En torno a esta situación, Trutié abunda en que “siempre les queda la duda de qué pudiera llegar a ser considerado como un tema social o público, pero se les explica cómo si ocurriera algo así –y hasta ahora en nuestro país no se ha dado ningún caso– se llegaría a un acuerdo entre ambas partes”.

¿Un filtro necesario?

La imposibilidad de contratar personalmente a sus trabajadores es otro tema polémico, pues esta política implica que la fuerza de trabajo solo puede ser elegida mediante una entidad empleadora. Arturo Menéndez Avella, ingeniero consultor de la UNESCO en España, expresa que “el sistema de contratación actual, donde se sigue requiriendo la intervención de una empleadora y no quedan del todo claro los incentivos laborales aplicables para desarrollar una política eficiente de recursos humanos intermediaria, crea ciertas reservas”.

Katia Alonso admite que hay criterios divididos sobre este tema. “A la mayoría le preocupa no poder contratar directamente a sus trabajadores, pero hay a quienes no les importa. Siempre se les dice cuán conveniente es contar con una empresa así, pues les facilita el proceso y además les permite elegir a personas con experiencia”.

De acuerdo con María Amador, comercial de la empresa Adidas, el uso de entidades empleadoras “no es justo ni eficiente, porque el inversor tiene que pagar una tarifa bastante alta a la empresa intermediaria y encima tiene que pagarle al trabajador una gratificación. Además, ellos prefieren seleccionar su fuerza de trabajo, pero se ven obligados a elegirla de un grupo predeterminado”.

Dianne Trutié coincide con Alonso cuando explica cómo siempre se le trata de mostrar al inversor que va a tener una persona con las calificaciones suficientes, y subraya cuán necesarias son las entidades empleadoras para el país, debido a su papel en la provisión de la seguridad y los derechos de los trabajadores.

Hay que reconocer que la nueva Ley de inversión extranjera y la 77, aunque similares, no son exactamente dos gotas de agua, pero los puntos donde coinciden son contundentes. Solo esperemos que su creación, la cual responde a la necesidad económica del país, sirva de faro guía para inversores del mundo entero.

Pie de foto: La cartera de inversiones incluye aquellas oportunidades que el país ofrece cada año al inversor extranjero.

Ficha técnica:

Tipo de título: Llamativo.
Tipo de entrada: Interrogativa.
Tipo de cuerpo: De bloques temáticos.
Tipo de transiciones: Los subtítulos.
Tipo de cierre: De proyección o futuro.

Tema: La nueva Ley de inversión extranjera en Cuba.

Situación problémica: ¿Por qué se necesitó la creación de la Ley 118 cuando la 77, establecida en 1995, es muy similar?

Objetivos colaterales: Analizar temáticas polémicas dentro de la propia ley como el proceso de contratación, la posibilidad de la expropiación de la inversión y la cartera de ofertas.

Estrategia de fuentes:

Directas:

Katia Alonso Cañizares, directora del Departamento de Evaluación de Inversiones del Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera. Tipo de fuente: especialista, oficial, primaria, implicada. Tipo de juicio: de valor, analítico, sintético.

Dianne Trutié, coordinadora del grupo de promoción de Inversión Extranjera del Centro de Promoción de Inversión Extranjera (CEPEC). Tipo de fuente: especialista, oficial, primaria, implicada. Tipo de juicio: de valor, analítico, sintético

Susana Enríquez Domínguez, jurista internacional y abogada del grupo de promoción de las inversiones extranjeras de la Cámara de Comercio. Tipo de fuente: especialista, oficial, primaria, implicada. Tipo de juicio: de valor, analítico, sintético

Daniel Bosch, gerente de la empresa Embotits Masoliver. Tipo de fuente: no oficial, primaria, implicada. Tipo de juicio: analítico, sintético.

Miguel Llordén Romero, director general de la empresa Vreugdenhil. Tipo de fuente: no oficial, primaria, implicada. Tipo de juicio: analítico, sintético, disyuntivo.

Jesús Rubiera Fernández, Doctor de Información y Estrategia del Ministerio de Desarrollo y Competitividad de España. Tipo de fuente: especialista, no oficial, secundaria, no implicada. Tipo de juicio: de valor, analítico, sintético.

Arturo Menéndez Avella, ingeniero consultor de la UNESCO. Tipo de fuente: especialista, no oficial, secundaria, no implicada. Tipo de juicio: de valor, analítico, sintético.

María Amador, comercial de la empresa Adidas en Cuba. Tipo de fuente: no oficial, secundaria, implicada. Tipo de juicio: analítico, sintético.

Documentales:

Ley No. 118, Gaceta Oficial de la República No.20 /2014, Edición Extraordinaria, Asamblea Nacional del Poder Popular, (2014).

«La inversión extranjera en Cuba», escrita por Vivian Lourdes Abreu López y Anilcie Marlen Alejos Garea, Ediciones ONBC, (2015).

Ensayo «El relanzamiento de la Inversión Extranjera en Cuba: Una necesidad para el Desarrollo Económico», escrito por el Doctor en Ciencias Económicas y Profesor Titular del Centro de Estudios de la Economía Cubana, Omar Everleny Pérez Villanueva, (2014).

Entrevista a Omar Everleny Pérez Villanueva, titulada «Inversión extranjera en Cuba: Cuando el tiempo apremia…», escrita por Lissett Izquierdo Ferrer y Venus Carrillo Ortega en la publicación Cuba Contemporánea y publicada en febrero 2015.

Soportes:

Hecho: En el 2014 se instauró la Ley 118 de inversión extranjera para potenciar el desarrollo en varios sectores de la economía y para incrementar la cantidad de dinero fresco al país.

Antecedentes: Existía la Ley 77 de 1995, que fue derogada por la 118 y la cual era bastante similar a esta última.

Contexto: En estos momentos se está realizando la actualización del modelo económico para buscar un incremento sustancial del PIB de la Isla, la entrada de dinero fresco al país y el desarrollo de grandes sectores de la economía.

Tipos de juicios:

Analíticos: Los juicios analíticos se observan a lo largo del trabajo y está presente en las intervenciones de todas las fuentes.

Disyuntivos: Es evidente cuando se contraponen las opiniones de Katia Alonso Cañizares, directora del Departamento de Evaluación de Inversiones del MINCEX, quien opina que los inversionistas prefieren las empresas mixtas y tener a un nacional que los ayude en los trámites, con la de Miguel Llordén, director general de la empresa Vreugdenhil, que a su vez considera esto como una situación incierta para el inversor por lo que ellos quieren invertir por sí solos.   

De valor: Cuando Katia Alonso Cañizares explica por qué fue necesaria la creación de esta nueva Ley de inversión extranjera. Cuando Dianne Trutié ofreció datos acerca del tema de la expropiación de inversiones y de las empresas mixtas.

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