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Isla al Sur

REALIDADES DE LA VIVIENDA EN CUBA

REALIDADES DE LA VIVIENDA EN CUBA

CLAUDIA PÉREZ VILA,
estudiante de primer año de Periodismo,
Facultad de Comunicación,
Universidad de La Habana.

Los temas constructivos y de vivienda son de los problemas fundamentales que afronta el país. A pesar de que el Gobierno trabaje en pos de mejorar la situación, queda mucho camino para que puedan ser  limadas estas dificultades. El licenciado en Derecho, Jorge Curbelo Bacallo, quien labora en el Departamento Jurídico de la Dirección Provincial  de la Vivienda de La Habana, comentó cómo, a pesar de los muchos esfuerzos, siguen existiendo insatisfacciones por parte de la población.

-¿A qué se denomina superficie

máxima o superficie autorizada?

La superficie máxima o superficie autorizada es la que hace el Estado para la ampliación o construcción de viviendas. El Estado tenía un plan estatal para la edificación de casas por esfuerzo propio todos los años. A las personas seleccionadas en los Consejos Populares se les otorgaba  una acción constructiva para fabricar, reconstruir o ampliar una obra. El otorgamiento de la licencia tenía aparejado un respaldo material, que era subsidiado.

-Entonces, ¿por qué fue necesario realizar

transformaciones en cuanto a la vivienda?

Después de un estudio, las modificaciones se autorizaron, pues las prohibiciones de la compra-venta generaban corrupción, ya que restringían los derechos básicos del titular, convirtiéndole de propietario en usufructuario. Pero lo más novedoso de estas modificaciones fue la derogación de la disposición especial 7ma. que prohibía la cesión de la propiedad por compra-venta entre particulares.

-¿Cómo es el proceso de

compra-venta  en la actualidad?

Este proceso es muy fluido, hay más ofertas de venta que demanda, sin embargo, consideramos que la ley y las normas complementarias de la Ley General de la Vivienda deben seguir teniendo modificaciones.

-La permuta fue otro de los aspectos analizados

y modificados pues, en este aspecto, existían

diversas insatisfacciones por parte de la

población. ¿Qué puede decir al respecto?

Esta fue otra de las grandes modificaciones. Ahora la permuta entre propietarios es libre. Este trámite se hace sin una autorización previa de los compañeros de Vivienda, y se formaliza libremente entre propietarios ante el notario público. Se permite, incluso, la compensación, es decir,  las viviendas no deben ser del mismo precio, o precios equivalentes, puede haber la compensación.

-Sobre la prohibición de la cesión de azoteas

hay inconformidades al respecto,

pero por qué ocurre esto.

Es otra de las cosas incongruente con las modificaciones a la ley, es un trámite innecesario y disgusta mucho a la población. Esto tiene su origen en la ya derogada Disposición Especial séptima de la ley 65. Si yo quisiera ceder mi azotea a un hijo tengo que pedir un permiso a la Dirección Provincial de la Vivienda para que me autorice. Las personas no comprenden que si  pueden donar o vender libremente su casa, no puedan ceder su azotea, lo que conlleva a trámites burocráticos, y el objetivo hoy es eliminar este tipo de diligencias que generan disgusto en la población.

-¿Cómo es hoy el proceso de

construcción por esfuerzo propio?

En la actualidad, la construcción por esfuerzo propio no lleva respaldo material alguno sino que las personas deben adquirir los materiales en los fondos mercantiles a precios muy elevados y con parte de ese dinero recaudado por el Estado se subsidian a los núcleos de bajos ingresos en la reparación y restauración de sus viviendas

Tal vez si los precios fueran inferiores, la situación de la vivienda en Cuba estaría mucho mejor, pues las personas tendrían más posibilidades de arreglar sus hogares.

Pie de foto: Licenciado en Derecho Jorge Curbelo Bacallao.

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